
Hasta hoy, la ley española trata de forma distinta a hombres y mujeres cuando se trata de decidir sobre sus propios gametos congelados. Una reforma admitida a trámite en el Congreso en abril de 2026 quiere terminar con esa desigualdad. Se trata de un cambio normativo que llevaba años reclamándose desde asociaciones de pacientes y sociedades médicas, y que ahora, por primera vez, cuenta con un respaldo parlamentario amplio. Te contamos qué dice la ley actual, qué cambiaría y en qué punto está el proceso.
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Toggle¿Qué dice la ley actual?
La Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida establece actualmente un régimen diferente para el semen y para los ovocitos crioconservados.
En el caso del semen, la ley permite su crioconservación durante la vida del varón de quien procede y contempla entre sus posibles destinos el cese de su conservación sin otra utilización. La normativa no establece para el semen la misma limitación específica que sí aplica a los ovocitos.
En cambio, en el caso de los ovocitos crioconservados, la situación es diferente. La ley establece que su conservación puede prolongarse hasta que los responsables médicos, con el dictamen favorable de especialistas independientes y ajenos al centro, consideren que la mujer ya no reúne los requisitos clínicamente adecuados para someterse a una técnica de reproducción asistida.
Además, el artículo 11 establece expresamente que el cese de la conservación de los ovocitos, sin destinarlos a otro uso, solo puede producirse una vez finalizado el plazo máximo de conservación establecido legalmente.
En la práctica, esto significa que una mujer que quiere dejar de conservar sus ovocitos no tiene actualmente la misma capacidad de decisión directa sobre el cese de la conservación que existe para el semen. La finalización de la conservación está vinculada a las condiciones que establece la ley y, en particular, al criterio médico previsto en el artículo 11.
Esta es precisamente una de las cuestiones que pretende modificar la reforma actualmente en tramitación: que la mujer pueda decidir sobre el cese de la conservación de sus ovocitos sin que esa decisión quede condicionada a un criterio médico sobre si puede o no someterse a un tratamiento de reproducción asistida.
La reforma en marcha
En abril de 2026, el Congreso de los Diputados admitió a trámite una reforma de la Ley de Reproducción Asistida con un respaldo muy amplio: 306 votos a favor, 33 en contra y 8 abstenciones. Este nivel de consenso es poco habitual en materia de reproducción asistida y refleja que la desigualdad actual se percibe, de forma prácticamente unánime, como algo que corregir.
El objetivo de la reforma es modificar el artículo 11 de la ley para equiparar los derechos de las mujeres a los de los hombres en el control de sus gametos congelados, eliminando así la exigencia de avales médicos que hoy solo recae sobre ellas.
¿Qué cambiaría si se aprueba?
Si la reforma se aprueba definitivamente, estos son los cambios previstos:
- Fin de los avales médicos externos para decidir sobre tus óvulos.
- Equiparación total con los derechos que ya tienen los hombres respecto a su semen.
- Bastará con una comunicación al centro para solicitar el cese de la conservación.
- Ampliación de los plazos de conservación durante toda la vida de la titular.
En conjunto, es un cambio que reconoce el derecho al propio cuerpo como eje central de la decisión, y que traslada a la mujer la misma autonomía que la ley ya reconoce al hombre desde 2006.
Tus 4 opciones sobre tus óvulos congelados
Con la reforma, cualquier mujer podrá elegir libremente entre cuatro caminos para sus óvulos congelados, sin que ninguno de ellos requiera justificación clínica previa:
- Uso propio: utilizarlos en un tratamiento de fertilidad personal.
- Donación reproductiva: cederlos para ayudar a otras personas a ser madres o padres.
- Fines de investigación: aportarlos a proyectos científicos autorizados.
- Cese de conservación: destruirlos, sin necesidad de justificación clínica.
¿En qué punto está la tramitación?
La reforma todavía no está en vigor.
El Congreso aprobó su toma en consideración el 21 de abril de 2026 y posteriormente la iniciativa pasó a la Comisión de Sanidad, donde continúa actualmente su tramitación. La proposición se encuentra en fase de presentación de enmiendas y el plazo de ampliación de enmiendas al articulado está fijado hasta el 23 de septiembre de 2026, a las 18:00 horas.
Por tanto, la normativa vigente sigue siendo la Ley 14/2006 y el nuevo régimen todavía no puede aplicarse.
El texto de la proposición puede sufrir modificaciones durante su tramitación antes de su aprobación definitiva. Entre las cuestiones que se están abordando se encuentra también la regulación de los preembriones crioconservados.
En Next Fertility seguimos de cerca la evolución de esta reforma y actualizaremos este artículo cuando se produzcan nuevos avances en su tramitación.
Referencias bibliográficas
Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida. Jefatura del Estado. BOE núm. 126.
Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida (CNRHA). Aspectos legales y éticos de la donación. Ministerio de Sanidad de España.
Sociedad Española de Fertilidad (SEF). Saber más sobre fertilidad y reproducción asistida. Libro Blanco Sociosanitario.